I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por María Esther Coimbra Paz, manifestando que se remite a no responder el infundado recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad al estar expresamente fuera de base y sustento legal, toda vez que en el legajo procesal se halla expresa la buena administración y actuación de la Jueza como administradora de justicia, mucho más cuando en ningún momento ha vulnerado normas constitucionales y otras aplicables en el derecho.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- inconstitucionalidad de la interpretación de la Jueza sobre los arts. 238 y 86 del CPP
- carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.
- APRUEBA
