I.2.1. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Víctor Salvatierra Linares, manifestando que la norma impugnada no atenta contra el principio de inviolabilidad de la defensa y el debido proceso legal consagrados en los parágrafos II y IV del art. 16 de la Constitución Política del Estado, por lo que los fundamentos del incidente no tienen un justificativo legal y razonable, solicitando que el incidente sea rechazado.
- Juana Molina Paz de Paz,
- art. 12 parágrafo III de la Ley 1760.
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- cuya decisión dependa
- incidente debe ser planteado cuando exista en el proceso en cuestión, una sentencia o resolución final a ser aún dictada, a la cual se pueda aplicar en su caso, el resultado del recurso.
- no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión del proceso principal, ni con la resolución de la recusación interpuesta
- APRUEBA
