Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0280/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a una remuneración justa, a la seguridad social y a la protección estatal de la maternidad, con el argumento de que fue despedida de su trabajo al vencimiento de su contrato a plazo fijo, no obstante que con anticipación hizo conocer que se encontraba embarazada, y que habiendo el Director Departamental del Trabajo instruido se la reincorpore, hasta la fecha el recurrido no ha dado cumplimiento a esa determinación. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- procedente
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- si bien es cierto que existe un contrato de trabajo suscrito con SENASAG, cuya vigencia se estipuló a un plazo fijo que concluía el 31 de diciembre de 2002, no es menos evidente que la recurrente antes de esa fecha comunicó a la entidad su estado de embarazo
- la maternidad
- III.2
- APROBAR