Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0287/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2003 (fs. 7 a 8 vta.), el recurrente asevera que en la acción penal seguida por el Ministerio Público contra Mamerto Cortez y otros por el delito de peculado, que se encuentra en estado de preparación del juicio, durante la audiencia de constitución de tribunal y al momento de hacer uso del derecho que le reconoce el art. 62.4 del Código de procedimiento penal (CPP), la Jueza recurrida, le impidió mediante resolución, recusar a dos jueces ciudadanos, autorizándole recusar sólo a uno, por lo que considera habérsele restringido sus derechos.