SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2004-R

Fecha: 01-Mar-2004

I.1.1    Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2003, cursante de fs. 1 a 4 de obrados, los recurrentes aseveran que el 31 de octubre de 2003, en la tranca de Vichuloma,  fueron aprehendidos y conducidos a dependencias de la Aduana Nacional Regional, para luego ser llevados a la Carceleta del Juzgado. Posteriormente, el Juez Instructor Primero en lo Penal, señaló audiencia para el 1 de noviembre de 2003, a objeto de considerar la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva de los seis imputados. Realizada la audiencia, mediante Auto de la misma fecha dispuso la libertad de tres de ellos, y la detención preventiva de los restantes en el penal de San Pedro, donde actualmente se encuentran detenidos.

Señalan que apelada la Resolución, la Sala Social y Administrativa dictó el Auto de Vista 412/2003 de 15 de noviembre, en cuyo texto se comete el error de citar al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, que no conoció la causa; además de ello, los vocales recurridos señalaron que no se acogieron a las previsiones referentes a la cesación de la detención preventiva, pese a que en la audiencia solicitaron la libertad amparados en el art. 239.1 del Código de procedimiento penal (CPP). Finalmente, añaden que el último considerando del Auto de Vista 412/2003 hace referencia a que la prueba, por ellos presentada, no cumplía con los requisitos señalados en el art. 404 CPP, cuando esa norma se refiere al recurso de apelación incidental, que es diferente a la apelación contenida en el art. 251 CPP, que se refiere a las medidas cautelares de carácter personal, por lo que el Tribunal de apelación realizó una mala aplicación de la norma procesal penal, impidiendo que la prueba presentada en apelación sea apreciada y valorada, existiendo en consecuencia, un procesamiento indebido que afecta su derecho a la libertad, toda vez que están detenidos preventivamente por esa causa.