Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2004-R
Fecha: 03-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes sostienen que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a emitir libremente sus ideas y presentar peticiones colectivamente, reconocidos en los arts. 7 incs. b) y h), así como a los arts. 32, 159 y 161, por cuanto pese a que revocaron el poder concedido a su patrocinante Freddy Castro Oviedo y retiraron expresamente el recurso de casación por él interpuesto, el recurso fue concedido contra su voluntad. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos, y si se encuentran dentro de la protección que brinda el art. 19 CPE.