SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

III.3

III.3      Si bien es cierto que por los actos ilegales en los que han incurrido a su turno las autoridades demandadas en la forma señalada precedentemente, hacen que se abra la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus, no es menos evidente que por encontrarse el recurrente bajo la jurisdicción del Tribunal de Sentencia, no se puede disponer su libertad, pues le corresponde a éste adoptar las medidas que fueren necesarias durante el desarrollo del proceso de acuerdo con las facultades que la ley le reconoce.