SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

improcedente

Por  Resolución cursante de fs. 22 vta. a 23, se declaró  improcedente el recurso,  con la siguiente fundamentación: 1) que  la parte recurrente indica que se encuentra en trámite un exhorto suplicatorio y que su representado no es el representante del proyecto Santa Cruz-Trinidad, aspectos que han sido resueltos en sentencia, la misma que fue confirmada en apelación; 2) que otro argumento de los actores es que la sentencia no contempla suma líquida y exigible, y que en ejecución de sentencia el Juez designó perito para establecer esa suma. Este aspecto también fue resuelto a través del Auto de Vista ya mencionado; 3) que la exigencia de que se preste fianza de resultas tampoco es atendible, reiterándose que la sentencia se encuentra ejecutoriada;    4) que se han respetado las reglas del debido proceso, por lo que la el hecho de que el Juez hubiera dispuesto que se libre mandamiento de apremio contra el representado de los recurrentes, se encuentra corroborado por la SC 1930/2003-R a la que se hace mención, habiéndose declarado la improcedencia y dispuesto la suspensión del mandamiento hasta la revisión del recurso de amparo, por lo que no es evidente la indebida persecución por parte del Juez recurrido.