Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración a los derechos al culto, a la libertad, a la dignidad, a la vida, a la seguridad, a la expresión, a la reunión y asociación, al trabajo y a la propiedad privada, bajo el argumento de que los recurridos, a través de vías de hecho, impiden a la entidad a la que representa, la construcción de obras en terrenos que le pertenecen, cuyo derecho propietario se halla debidamente registrado en Derechos Reales. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).