SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

procedente

Concluida la audiencia la Jueza de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida en el día oficie a las oficinas de Migración  para el levantamiento del arraigo dispuesto contra Mauricio Gonzáles Sfeir, con los siguientes fundamentos: 1) cuando se dictó el decreto de 14 de mayo de 2001 que dispuso el arraigo del representado por el recurrente, se encontraba vigente el régimen de las medidas cautelares previsto por la Ley 1970, por lo que la autoridad jurisdiccional debió observar las disposiciones transitorias que señala la preferente aplicación; 2) no hubo pedido fundamentado  que demuestre  riesgo de fuga  y de obstaculización por parte del recurrente como lo prevé el Código de procedimiento penal,  que señala que las determinaciones y decisiones dispuestas por la autoridad jurisdiccional se las debe realizar a pedido fundamentado, que será resuelto de la misma manera mediante auto motivado y debidamente fundamentado.

En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la Ley Fundamental,  de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso  ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.