Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0384/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
II.3
II.3 El 26 de noviembre de 2003, el Director Departamental de DIPROVE remitió el vehículo al Administrador de Aduanas de Cobija (fs. 24 a 25), quien el 29 del mismo mes y año procede a levantar un Acta de Intervención disponiendo el comiso del motorizado (fs. 23), la cual es enviada al Fiscal de Distrito la misma fecha (fs. 22).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- “
- y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- III.2
- por no haberse señalado con exactitud y en forma expresa los derechos fundamentales supuestamente conculcados, suprimidos o amenazados