Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0395/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
III.2
III.2 El presente recurso viene a ser improcedente por inobservancia al principio de subsidiariedad “entendido como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional” (SC 374/2002-R).