Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
III.3.
III.3. Por otra parte, del cuaderno procesal remitido a este Tribunal se evidencia en forma incontrastable que entre la separación del Curso Comando y Alta Dirección de 19 de junio de 2002 como reconoce el actor en su demanda, y el memorial de 9 de julio de 2003, ha transcurrido más de un año, que el actor dejó pasar sin formular reclamación, petición o demanda alguna, habiendo interpuesto el presente amparo el 19 de diciembre de 2003, con lo que, se constata que la formulación del recurso fue tardía.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Jairo Sanabria Gonzáles, Comandante General de la Policía Nacional
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática presentada.
- 1442/2002-R,
- APRUEBA