SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0492/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

I.2.2. Informe de las personas recurridas

Los recurridos observaron la personería del recurrente ya que sin poder ni facultad alguna presentó el presente recurso en forma personal, quien además no agotó todas las instancias que franquea la ley para resolver el conflicto, pues la Confederación de Cooperativas  de Bolivia (CONCOBOL) por oficio de 12 de enero de 2004, reconoció como válidas las elecciones del 7 diciembre de 2003, como a los Consejos de Vigilancia y Administración elegidos y que la nómina del Directorio sería remitida a CONALCO para su reconocimiento. Agregaron que a convocatoria del Comité Electoral en aplicación del art. 37 del Estatuto Orgánico de la Cooperativa, la Asamblea General aprobó la modificación del Estatuto, por lo que la convocatoria fue válida y el acto eleccionario legítimo, solicitando en definitiva la improcedencia del recurso.