APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33.I inc. 1) de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 16 de marzo de 2004, pronunciada por Virginia Rocabado Ayaviri, Vocal de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, cursante a fs. 24 del expediente.
- Virginia Rocabado Ayaviri, Vocal de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba,
- art. 164 del Código de Procedimiento Penal de 1973
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- Fragmento 5
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- no existe la vinculación de la norma impugnada con el derecho que se estima lesionado
- APRUEBA
