Fragmento 5
El art. 59 de la LTC señala que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad “procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos”.
- Virginia Rocabado Ayaviri, Vocal de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba,
- art. 164 del Código de Procedimiento Penal de 1973
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- Fragmento 5
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- no existe la vinculación de la norma impugnada con el derecho que se estima lesionado
- APRUEBA
