Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2004
Fecha: 14-Abr-2004
II.4
II.4 El Superintendente de Electricidad, en 14 de marzo de 2003, dió por concluido y vencido el plazo del periodo de producción de prueba, clausurándolo a la vez que otorgó el término de diez días a las partes en controversia para que presenten sus alegatos (fs. 313), los que formularon tanto ELECTROPAZ (fs.317-320) y COBEE (fs. 324-326).