SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2004
Fecha: 20-Abr-2004
e)
e) Expresa que la Resolución Determinativa 32/2003 Graco atenta contra la seguridad jurídica consagrada en el art. 7 inc. a) de la CPE, pues su empresa se acogió al Programa Transitorio anotado, orientando sus actuaciones conforme a la Ley 2152 y al DS 26023, y confiando en que tales normas serían estrictamente cumplidas por el órgano fiscalizador, concientes que la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz, tenía dos años para revisar la aplicación que habían hecho de las normas, y que, si no se realizaba la revisión, desde el 23 de noviembre de 2002 se considerarían sus actuaciones como ciertas; empero, en franca violación de esa garantía constitucional, se les notificó con la Resolución Determinativa ahora impugnada, que fue emitida sin ninguna competencia, con todo lo que se ha destruido la certeza de un orden legal establecido;
- Jorge Alejandro Seleme Rivera en representación de la Compañía “Western Atlas International” Inc. (Sucursal Bolivia),
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- admitió
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Vista de Cargo
- Resolución Determinativa
- “
- tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso;
- III.3. Los actos administrativos
- acto administrativo tributario
- DECLARA INFUNDADO por improcedente