SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) lo que pide es la restitución de la niña a su padre y es el Código Niño, Niña y Adolescente que señala que la niña no debe ser separada de sus padres a menos que existan causas especiales o en su caso que éstos tengan un proceso previo y las autoridades ahora demandadas no son quienes para refutar la resolución de la Jueza ya que si no estuvieran los padres recién intervienen las instituciones; b) las demandadas no necesitaron de una orden de internación de la niña pero si la requieren para entregarla a su padre, más aún si la Defensoría de Sacaba fue la que solicitó la internación y posteriormente dispuso la entrega a su progenitor.