SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0518/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
I.2.3.
En audiencia, el abogado representante del Banco Ganadero, ratificando sus alegatos de fs. 99 a 103, manifestó que en el proceso coactivo civil de referencia no se ha vulnerado ningún derecho o garantía constitucional de la recurrente, a más que las Resoluciones que impugna de ilegales fueron dictadas hace más de seis meses, vale decir, que el Auto de Vista que confirmó la Resolución que rechazó el incidente de nulidad planteado por la recurrente le fue notificado el 15 de julio de 2003, razón por la que no procede el recurso de amparo. Por otra parte, se le notificó debidamente con los Autos de señalamiento y avisos de remate, notificaciones que cumplieron con su finalidad, puesto que se dejó las notificaciones en el domicilio a subastarse que figura en el certificado alodial donde figuraba como anticresista, lo que se corrobora con el informe del Oficial de Diligencias del Juzgado.