SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0547/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
procedente
Concluida la audiencia, la Jueza del recurso declaró procedente el hábeas corpus con los fundamentos siguientes: a) el recurrido expidió mandamiento de captura para el cumplimiento de la condena, sin que la autoridad que tramitó el proceso y dictó sentencia, hubiera emitido mandamiento de condena, “que por la línea jurisprudencial dictada por el Tribunal Constitucional se tiene que la única autoridad para expedir mandamientos es la autoridad que pronunció la sentencia como dice el art. 55” (sic); y b) el Juez señaló audiencia para consideración del beneficio de suspensión condicional de la pena en total desconocimiento de la norma procesal penal, que le imponen únicamente dar cumplimiento a las normas emanadas por la Ley y por la autoridad que ha conocido la causa.