Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
I.2.3. Tercero interesado
El abogado de Nimia Flores Córdova, demandante dentro del proceso de ruptura unilateral interpuesto contra el representado del recurrente, indicó que la notificación que se practicó al demandado con el memorial de demanda, se lo hizo dentro del marco de la legalidad, y en ningún momento se ha colocado en estado de indefensión al demandado; por otra parte, indicó que es evidente que se libró mandamiento de aprehensión en su contra, pero fue por no cancelar oportunamente la asistencia familiar a la que está obligado.