SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

a)

El Fiscal recurrido sostuvo lo siguiente: a) envió el requerimiento conclusivo al Juez de San José de Chiquitos, por lo que dicho Juez declaró ya no tener facultad para conocer el asunto; b) fue hasta San José de Chiquitos pero el Juez no se encontraba en ese momento, por lo que le dijo al actuario que iba a presentar un procedimiento abreviado contra Darwin Roca Coimbra por cuanto éste no participó en el atraco y sólo estuvo “cuidando las chinelas” de los otros imputados; c) si bien presentó su requerimiento conclusivo dos días después del vencimiento del plazo para el efecto, de acuerdo al art. 134 del Código de procedimiento penal (CPP) el Juez Cautelar debía conminar al Fiscal de Distrito para que se presente el requerimiento en el plazo de cinco días, o se nombre a otro fiscal; d) no obstante lo señalado, el Juez Cautelar negó que su autoridad hubiera presentado un requerimiento conclusivo para juicio oral que está dirigido a Rolando Reque Montero; e) contradictoriamente a un principio de equidad, por resolución del Tribunal de garantías constitucionales que conoció un recurso de hábeas corpus presentado por Rolando Reque, éste se encuentra gozando de libertad, pese a haber sido el autor principal de los hechos acontecidos, mientras los cómplices “están pagando el precio de los justos(sic) en la cárcel; f) el Ministerio Público nunca violentó garantías o derechos constitucionales de las personas.