Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el documento contractual se estableció que cada primer día hábil de cada año sería renovado, motivo por el cual firmó el respectivo contrato para la gestión 2001 con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2002; sin embargo, al cambiar las autoridades ejecutivas de la Institución, le agradecieron sus servicios con el argumento de que el contrato anual fenecería la indicada fecha; razón por la cual se apersonó ante las autoridades de la Institución, incluido el Viceministro de Agricultura, para solicitar la renovación de su contrato por la gestión 2003, y pese a las compromisos que le hicieron, hasta la fecha no existe una solución ni respuesta escrita a su problema.