SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0597/2004-R
Fecha: 20-Abr-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En el escrito de 9 de marzo de 2004 de fs. 3 a 5, el recurrente manifiesta que el juez de instrucción de Sipe Sipe, ha librado en su contra mandamiento de aprehensión a ser ejecutado por la Oficial de Diligencias de ese Juzgado o por cualquier funcionario público no impedido de la mencionada jurisdicción, en aplicación de la Ley Contra la Violencia en la Familia o Doméstica y por incumplimiento a órdenes de autoridades. Es así que la citada Ley contra la Violencia Familiar, tiene su fundamento en la necesidad de prevenir la violencia intra familiar o al interior de la familia es decir de los cónyuges, convivientes, ascendientes, descendientes, hermanos, parientes afines en línea directa o colateral, lo que no ocurre en su caso ya que con la denunciante Alicia Vargas, solo hubo una relación sentimental ocasional por la que es acusado de ser padre de su producto (sic.), lo que no admite.
Añade el recurrente que el Juez demandado al librar en su contra el mandamiento de aprehensión ha conculcado la garantía de la presunción de inocencia, negando lo que prescribe la Constitución de que el derecho de defensa en juicio es inviolable, pues a simple denuncia verbal de la denunciante ordenó su aprehensión, encontrándose ilegalmente perseguido sin que exista causa legal alguna y más aún sin haberle dado la oportunidad de ser escuchado.