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    AUTO CONSTITUCIONAL 293/2004-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 293/2004-CA

    Fecha: 19-May-2004

    II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas

    Impugna la inconstitucionalidad de la aplicación del art. 210 y jurisprudencia del Código de Procedimiento Criminal de 1958 y de la aplicación del art. 216 y jurisprudencia de la Ley de Organización Judicial de 1956, señalando como norma constitucional infringida el art. 16  de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Héctor Sandoval Parada y Jaime Ampuero García, Presidente y Ministro de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazan el incidente
    • II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad
    • "La Sentencia declarará la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley, decreto o resolución  de alcance general impugnado, en todo o en parte ".
    • hace inadmisible el presente recurso
    • la jurisprudencia del Código de Procedimiento Criminal de 1958 y la jurisprudencia de la Ley de Organización Judicial de 1956
    • APRUEBA

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