SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0648/2004-R
Fecha: 04-May-2004
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
El Juez demandado dio lectura al informe de fs. 82, en el que expone que el proceso social seguido por la recurrente contra la Empresa Angora Textile S.R.L. por cobro de beneficios sociales se encuentra en ejecución de sentencia y dentro de esa fase rechazó el incidente de nulidad de la parte demandada, mediante Auto expreso que fue objeto de apelación; recurso que concedió en el efecto devolutivo, habiéndose notificado esa actuación el 5 de septiembre de 2003. El apelante presentó a su juzgado la recepción de la Notaria de Fe Pública, Martha C. de Carranza, de 6 de septiembre de 2003, en la que esa autoridad señala que el señor Emilio Ascarrunz, Gerente de la Empresa Angora Textile S.R.L. se apersonó a su Notaría a objeto de que ponga el cargo respectivo; nota que corrió en traslado, dando lugar a que la parte actora responda pidiendo la deserción del recurso en virtud a que el Notario no puede usurpar funciones que no le competen, y con esa respuesta pronunció un Auto sobrecartando el Auto de concesión de alzada. Por lo expuesto, la apelación fue concedida y se encuentra pendiente de resolución en el Tribunal de alzada, pidiendo en definitiva la improcedencia del recurso de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- en resguardo del citado principio de subsidiariedad
- III.2.
- APROBAR