SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0648/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0648/2004-R

Fecha: 04-May-2004

III.2.

  III.2. En la problemática planteada, se establece de obrados que la recurrente, luego de haber sido notificada con el Auto de 12 de septiembre de 2003, por el que el Juez recurrido, dando por válido el cargo de la Notaria de Fe Pública, ordenó la prosecución del trámite del recurso de apelación, no impugnó oportunamente esa decisión dentro del proceso a través del recurso de apelación, en uso del art. 518 del CPC en relación con el art. 252 del Código procesal del trabajo, que así se lo permite, sino que planteó directamente el presente amparo, en total desconocimiento del carácter subsidiario de este recurso, que exige para su procedencia el agotamiento previo de todos los medios legales, sin que pueda ser utilizado en forma alternativa o sustitutiva de los mismos, tal como lo ha reconocido la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal en las SSCC 582/2003-R y 388/2003-R, entre otras.