Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2004-R
Fecha: 06-May-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) se ha demostrado la existencia de un debido proceso, en el cual el recurrente no quiso firmar, por encontrarse en huelga de hambre, eximente procesal no previsto en ninguna norma jurídica; por ello se constata que se está ante un proceso ejecutoriado, pasado en autoridad de cosa juzgada; y b) la jurisprudencia constitucional ha dejado claramente establecido que el plazo máximo para presentar el recurso de amparo constitucional es de seis meses, requisito que no cumplió el presente recurso, no siendo excusa las solicitudes de fotocopias realizadas por el recurrente a los recurridos.