SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2004-R
Fecha: 14-May-2004
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, con el fundamento de que la negativa de reincorporación al ser absuelto de pena y culpa en el proceso penal que se le siguió como la baja de que fue objeto, sin haberlo sometido a proceso disciplinario, pueden catalogarse como actos ilegales u omisiones indebidas que restringen los derechos del recurrente al debido proceso como a la seguridad jurídica.
Por lo relacionado, no corresponde otorgar la tutela solicitada al no encontrarse la situación planteada dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE. En tal virtud, el Tribunal de amparo constitucional al haberlo declarado procedente no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.