SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2004-R
Fecha: 14-May-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 9 de marzo de 2004 (fs. 12 a 14) el recurrente arguye que habiendo formulado querella el 17 de abril de 2003 contra Margarita Bellido Torricos y Mónica Ninfa Auza Bellido por delitos de falsificación material e intelectual de un certificado de matrimonio contra la primera y correspondiente uso de instrumento falsificado de una libreta escolar para ingreso a la universidad de la segunda, la Fiscal de Materia co-recurrida en su Resolución de 20 de octubre de 2003 sin concordancia lógico-jurídica con dicha querella imputó formalmente a la primera y requirió por la aplicación de un criterio de oportunidad por la comisión del delito de falso testimonio; empero, el Juez de Instrucción Primero en lo Penal observó la falta de requisitos formales previstos por el art. 302 del Código de procedimiento penal (CPP) y recomendó la presentación de un requerimiento conclusivo con relación a los otros delitos denunciados, solamente y por consiguiente con relación a la otra imputada que fue omitida sin fundamento en la Resolución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1.
- promover la acción de la justicia, defender la legalidad
- de las dos sindicadas con el fundamento de que no se logró obtener prueba suficiente para acusar