Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2004-R
Fecha: 14-May-2004
II.2.
II.2. En la audiencia de consideración de criterio de oportunidad de 10 de noviembre de 2003 (fs. 20) el Juez Instructor Segundo en lo Penal señaló que la referida imputación “no reunía los requisitos formales previstos en el art. 302 CPP, por lo que se hacía necesario corregir tal defecto con la finalidad de evitar nulidades procesales, recomendó asimismo a la representante del Ministerio Público formular otro requerimiento conclusivo que se refiera también a los otros delitos denunciados, disponiendo que en aplicación del art. 168 CPP se suspenda la presente audiencia a la espera de que el Ministerio Público formule otro requerimiento conclusivo” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1.
- promover la acción de la justicia, defender la legalidad
- de las dos sindicadas con el fundamento de que no se logró obtener prueba suficiente para acusar