SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2004-R
Fecha: 18-May-2004
Por su parte el Fiscal co-recurrido, Mario Cadima Cano
Por su parte el Fiscal co-recurrido, Mario Cadima Cano, informó que las solicitudes de 2 y 7 de agosto de 2003, estuvieron bajo reserva de actuaciones por disposición del juez cautelar Agustín Suárez Rojas. A la solicitud de 20 de enero de 2004, se franqueó fotocopias simples de las 18 declaraciones de los imputados conforme el informe de uno de los asignados al caso y al petitorio de 28 de febrero de 2004, se decretó para que se franquee lo solicitado, sin embargo a raíz de la presentación del presente recurso el actor ya no se apersonó a la Fiscalía a enterarse de la orden dispuesta.
Aclaró que durante la etapa preparatoria se forma un cuadernillo de investigaciones sin que constituya un expediente, el mismo que es ordenado con criterios de orden y utilidad y que contiene actuaciones sin valor probatorio por si mismas para fundar la condena del acusado, por tanto si no sirve para el fiscal debe entenderse por equilibrio jurídico que tampoco sirve para la defensa. De otra parte, señaló que no se ha violado el derecho a la defensa en juicio del imputado, ya que recién se presentó acusación en su contra, la misma que ha sido radicada en el Tribunal Cuarto de Sentencia; impetrando se declare la improcedencia del recurso.