SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2004-R
Fecha: 18-May-2004
III.2
III.2 La indicada línea jurisprudencial es aplicable a la problemática planteada, ya que de obrados se establece que lo que en los hechos pretende el actor es que la autoridad recurrida dé cumplimiento a la Resolución Fiscal que requirió a la Administración de la Aduana de Yacuiba, la procedencia del trámite de nacionalización del motorizado tipo camioneta, marca Ford F-X100XL, cuando para el efecto debió acudir ante la Fiscal que dictó la referida resolución, como oportunamente le hizo notar la Jueza Cautelar, para que dicha autoridad, con plena atribución ordene el correspondiente cumplimiento o en su caso adopte las medidas correspondientes; no pudiendo utilizar el amparo, por su carácter subsidiario, en sustitución ó en forma alternativa a esa vía legal que tiene expedita y que no ha utilizado y menos agotado, determinando esa circunstancia la improcedencia del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- (SC 0897/2003- R, de 1 de julio).
- III.2
- APROBAR