Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2004-R
Fecha: 18-May-2004
improcedente
La resolución de 5 de marzo de 2004 cursante de fs. 109 a 111, declaró improcedente el recurso, salvando los derechos de las partes a la vía ordinaria para la reparación e indemnización de posibles daños, disponiendo se eleven antecedentes ante la Jueza de Instrucción para que defina la situación jurídica del vehículo, instancia ante la que las partes podían apersonarse para hacer valer sus derechos, con el fundamento de que el recurrente no agotó los medios que tiene a su alcance como el previsto en el art. 189 del Código de procedimiento penal (CPP).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- (SC 0897/2003- R, de 1 de julio).
- III.2
- APROBAR