SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0799/2004-R
Fecha: 26-May-2004
Fragmento 12
Este criterio ha sido adoptado en casos similares en los que se denunciaban actos ilegales emergentes de allanamiento de morada, así por ejemplo en la SC 1120/2003-R, de 12 de agosto se señaló: “(…) no puede el recurrente pretender la devolución del motorizado secuestrado a través del presente recurso de amparo, que por su naturaleza es subsidiario; es decir es viable en la medida en que se han agotado los medios ordinarios de defensa ante el Juez Cautelar, lo que en el presente caso no aconteció. ”. Dicha Sentencia concluye en que: “no es posible ingresar a analizar el fondo de la problemática planteada en este asunto, al contar el actor con el medio y la instancia legal e idónea para hacerlo, donde tendrá que acreditar su derecho propietario para que la autoridad judicial resuelva lo que en Derecho corresponda.”. En el mismo sentido, la SC 1450/2003-R, de 2 de octubre.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.1
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
- III.3
- Fragmento 12
- III.4
- APROBAR