Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.3.
II.3. Adjuntando la escritura 33/97 de 17 de enero (fs. 23 a 25), por escrito de 16 de enero de 2004 (fs. 26), el representado del recurrente reiteró su pedido explicando que es co-propietario de los terrenos de ex fundo Obrajes, y que en la escritura que solicita está figurando esa propiedad. El Juez dispuso, en 19 de enero (fs. 26 vta.), se notifique a la Notaria para la extensión del testimonio.