Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2004-CA
Fecha: 08-Jun-2004
APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) de la LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 11 de mayo de 2004, pronunciada por Osvaldo Irusta Zambrana, Superintendente Interino de Electricidad, cursante a fs. 154 a 161 del expediente.
- Osvaldo Irusta Zambrana, Superintendente Interino de Electricidad
- cláusula trigésima del contrato de adecuación a la Ley de Electricidad de 7 de junio de 2002
- rechaza el incidente
- una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
- resoluciones que emanen únicamente de autoridades públicas no judiciales,
- no corresponde al recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- APRUEBA