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    AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2004-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2004-CA

    Fecha: 08-Jun-2004

    una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial

    Conforme lo establece el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.

    • Osvaldo Irusta Zambrana, Superintendente Interino de Electricidad
    • cláusula trigésima del contrato de adecuación a la Ley de Electricidad de 7 de junio de 2002
    • rechaza el incidente
    • una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
    • resoluciones que  emanen únicamente de autoridades públicas no judiciales,
    • no corresponde al recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • APRUEBA

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