Fragmento 3
Argumenta que los incs. a) y b) del art. 2º de la Ley 2626 que modifica la Ley 2492, al establecer que sólo para contribuyentes del sector de la construcción y exportación, el pago único y definitivo es de 3% del promedio de las ventas brutas declaradas entre los años 1999 y 2002, vulnera los principios constitucionales de generalidad e igualdad, consagrados en los arts. 6º, 27º y 35º de la Constitución Política del Estado.
- Jorge L. Zogbi Nogales, Superintendente Tributario a.i. de Santa Cruz,
- los incisos a) y b) del art. 2º de la Ley 2626 de 22 de diciembre
- Fragmento 3
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- cuya decisión dependa
- Fragmento 7
- no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los incs. a) y b) del art. 2º de la Ley 2626,
- APRUEBA
