SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0828/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 17 de marzo de 2004 (fs. 39 a 42) el recurrente arguye que dentro del proceso familiar sobre declaración judicial de paternidad que le sigue María Lilian Suárez, presentó varios recursos incidentales de reposición y apelación, los que no fueron concedidos por el Juez recurrido, sin razón ni fundamento legal alguno.
Agrega que consta en el expediente que la autoridad demandada concedió sólo las apelaciones interpuestas contra la Sentencia, sin pronunciarse respecto a las apelaciones incidentales; que una vez que el proceso radicó en la Sala Civil Primera de la Corte Superior, hizo notar su reclamo, por lo que este Tribunal dispuso de manera expresa que al evidenciarse que el Juez a quo no concedió las reposiciones y apelaciones, esta autoridad debía rectificar su error y proceder conforme a ley; sin embargo de ello, el Juez recurrido no dio cumplimiento a esta orden, dictando el Auto de 28 de febrero de 2004 por el que concedió las apelaciones contra la Sentencia, y sólo a dos de las cinco apelaciones interpuestas en el efecto diferido.