SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 11 de octubre de 2003 (fs. 1-2), Eduardo Antonio Amador Bayá (recurrente) formuló oposición al decreto de 9 de septiembre de 2003 que ordenó a sus empleados Dionicia Rojas y Juan Vásquez, hagan entrega al Banco del inmueble injustamente adjudicado por la autoridad recurrida, indicando que la pequeña propiedad agraria le pertenecía al haberla adquirido a título de anticipo de legítima antes de que sea embargada y que la misma tenía el carácter de inembargable por disposición constitucional, además de que vivía y trabaja en la misma hace más de diez años, cumpliendo con una función social y económica. No constando que hubiera acompañado documental que justifique dicho derecho. Oposición rechazada por Resolución 1196/2003, según se establece del memorial de respuesta al recurso de apelación y el auto que concede el recurso (fs. 5-6 vta).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Ada Luz Fernandez de Bass Werner, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “III.6
- “III.7
- otorgar una tutela provisional
- Fragmento 15
- III.3.
- REVOCA