Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 6 de febrero de 2004 (fs. 40), Iván Aquino Tejerina en representación del recurrente solicitó a la jueza recurrida, que en aplicación del art. 99 LTC en calidad de medida de no innovar disponga la inmediata suspensión del mandamiento de desapoderamiento, toda vez que su representado como legítimo propietario del inmueble interpuso recurso de amparo constitucional (fs. 40). El Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, Luis Araoz Torrez, en suplencia legal, por Auto de 18 del mismo mes y año rechazó la solicitud y dispuso se prosiga con los trámites del proceso (fs. 43).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Ada Luz Fernandez de Bass Werner, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “III.6
- “III.7
- otorgar una tutela provisional
- Fragmento 15
- III.3.
- REVOCA