SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0845/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
III.3.
III.3. De acuerdo a lo expuesto, corresponde dilucidar si el desapoderamiento dispuesto por el Juez recurrido afectó los derechos de los representados del recurrente de alguna forma, siendo necesario para ello analizar el mandamiento de lanzamiento, así como los actos de su ejecución, que a decir del recurrente han restringido y suprimido el derecho a la propiedad privada de los representados en el presente recurso.
En ese orden de cosas, examinado el mandamiento de lanzamiento de 4 de septiembre de 2002, se tiene que el mismo expresamente dispone lo siguiente: “Que el Oficial de Diligencias de este juzgado o cualquier funcionario público no impedido proceda al lanzamiento del demandado Oscar Félix Tordoya Rivas”, de ese mandato se puede colegir que los actos de ejecución de la sentencia dictada en el proceso de reivindicación seguido contra el recurrente, han sido dirigidos solo contra éste y contra nadie más, respetando por tanto el mandato legal inmerso en las normas de los arts. 190 y 194 del CPC -aplicables por el régimen de supletoriedad autorizado por el art. 78 de la LSNRA-; constatando con ello que este acto en particular, al no haberse dirigido contra los representados del recurrente, no afectó su derecho a la propiedad privada.