SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2004-R

Fecha: 03-Jun-2004

Fragmento 10

En ese sentido, se evidencia que el actor no acreditó tal documental señalando únicamente que el certificado de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz de 6 de septiembre de 2001 y la Resolución de la Dirección de Pensiones de 13 de octubre de 2000 se encontraban en su carpeta de SENASIR y que los funcionarios de la Dirección de Pensiones no legalizaron la documentación que solicitó pese a ser legalmente depositarios de ella y encontrarse consignada en sus registros, y no obstante la existencia de orden judicial para el efecto. Por lo que corresponde rechazar el recurso disponiendo que la entidad demandada dé cumplimiento a dicha orden judicial.