SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2004-R
Fecha: 07-Jun-2004
II.4.
II.4. El 28 de noviembre de 2003, mediante comunicación interna, el Director Distrital de Educación de Vinto, ordenó a la recurrida, emita informe sobre algunas irregularidades que estarían pasando respecto de la recurrente (fs. 44). En cuyo cumplimiento el 1 de diciembre de 2003 y el 20 de febrero de 2004, la recurrida, emitió informes señalando las causas que justificaron la suspensión que determinó, pidiendo se organice un sumario administrativo, solicitud que fue ratificada mediante memorial presentado el 27 de febrero de 2004 (fs. 45 a 48 y 50); luego mediante nota de 26 de febrero de 2004, la recurrida hizo conocer a la mencionada autoridad, que había tomado los servicios de un profesor de música como suplente (fs. 49).