SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2004-R
Fecha: 07-Jun-2004
II.5.
II.5. La recurrente, por memorial presentado el 27 de febrero de 2004, solicitó requerimiento para que el Director Distrital de Educación de Vinto, le certifique que desde el inicio de clases asiste a dicha Dirección en horario de clases y que ésta autoridad y la recurrida le franqueen copias de las denuncias y certifiquen los motivos para que ella no trabaje y quienes son las personas que denunciaron en su contra (fs. 12 a 13), la recurrida emitió un decreto mediante el cual rechazó su solicitud argumentando que esa documentación se remitió a la Dirección Distrital de Vinto (fs. 14), esta autoridad, por carta de 3 de marzo de 2004, certificó que franqueaba las copias solicitadas y que la recurrente desde inicio de clases, asiste a esa Dirección para evitar cualquier eventualidad de acefalía, pues alegó que la recurrida no le permite ingresar a la Unidad Educativa (fs. 23).