SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2004-R

Fecha: 07-Jun-2004

III.1.

III.1. Antes de analizar el recurso formulado por la recurrente, se debe tener presente que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos. Empero, este Tribunal ha establecido que: “(...)de acuerdo con la naturaleza del presunto acto ilegal o la omisión indebida que se acuse, el recurrente deberá acompañar a su demanda los elementos probatorios idóneos a fin de que este Tribunal la examine y determine la concesión o no de la tutela”. (SC 488/2004-R, de 31 de marzo).