Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Expresan que sin embargo, y debido a posiciones personales y antojadizas, personas integrantes de instituciones ajenas al Comité de Vigilancia trataron de desestabilizar el mismo, emitiendo al efecto una “rudimentaria” convocatoria para reunirse el 8 de marzo de 2004 y elegir un nuevo directorio en forma ilegítima sin seguir el procedimiento correspondiente, por lo que solicitaron a su parte la entrega de la oficina de dicho Comité, comunicando al Concejo Municipal y a otras entidades sobre la conformación de una nueva directiva.
- Osvaldo Vilte Torres, Florencio Condori Bonifacio, Juan Viscarra Romero y Eddy Mamani Romero
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.