Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.2.
II.2. Mediante Votos Resolutivos de 17 de octubre de 2003, 7 y 28 de enero de 2004 (fs. 32 a 40, 70 y 71) las comunidades de las Sub-Centrales Este, Oeste, Micro-Región Central en Mojo y Distrito 1 zona Noroeste, entre las que figuran once OTBs, desconocieron al mencionado directorio y determinaron se convoque a la renovación y/o elección del Comité de Vigilancia en pleno, aduciendo falta de rendición de cuentas y de información sobre las actividades desarrolladas.
- Osvaldo Vilte Torres, Florencio Condori Bonifacio, Juan Viscarra Romero y Eddy Mamani Romero
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.